Objetivos y Funciones Generales
El Despacho del Alcalde tiene como labor la de planear, organizar, coordinar y controlar las actividades municipales. Promover y participar en toda clase de actuaciones políticas y administrativas tendientes a la prosperidad económica y desarrollo social del municipio, ello en virtud a las atribuciones dadas en la Constitución, la Ley y demás normas complementarias.
Para el cumplimento de su objetivo el despacho del Alcalde realizará las siguientes funciones:
- Contribuir con la orientación en el diseño y montaje de los sistemas de control interno, suministrando criterios metodológicos y de orden práctico que al ser aplicados lleven al sistema de control a ser conceptualmente sólido y razonablemente uniforme que ayuden a la alta gerencia en su acción administrativa de acuerdo con los preceptos constitucionales y legales.
- Desarrollar procesos de sensibilización sobre la responsabilidad de la alta gerencia en el diseño y desarrollo de adecuados sistemas de control institucional y en el diseño de sistemas y métodos idóneos para el manejo de fondos y bienes públicos.
- Divulgar a través de los distintos medios de comunicación, los planes y programas que desarrolle el Gobierno Municipal, garantizando la presentación oportuna y veraz de la información.
- Coordinar y evaluar las campañas publicitarias y de divulgación que contrate la Administración con el propósito de proyectar las realizaciones de la Administración Municipal a la comunidad o para actos y/o programas oficiales.
- Coordinar la preparación y producción del material informativo del órgano oficial de divulgación municipal (La Gaceta Municipal), y la entrega de la emisión de boletines periódicos y extraordinarios sobre los programas realizados por la Alcaldía a los medios de comunicación.
- Garantizar que se hagan las publicaciones de ley en la Gaceta Municipal.
- Coordinar la elaboración los autos y resoluciones que deban proferirse en el curso de las investigaciones, con sujeción a las normas vigentes en la materia.
- Dar trámite oportuno a las solicitudes de la Procuraduría General de la Nación y/o Personería Municipal y demás organismos de Control, relacionadas con el Control Disciplinario Interno.
- Garantizar la efectividad de los procesos de conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y de manejo de desastres en el municipio.
- Ejecutar procesos de gestión del riesgo y coordinar la continuidad de los mismos en cumplimiento de la política nacional de gestión del riesgo y de forma articulada con la planificación del desarrollo y el ordenamiento territorial municipal.
- Coordinar el desempeño del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo.
- Gestionar recursos de tipo económico del orden local, regional, nacional e internacional, que permitan desarrollar las acciones de prevención, mitigación y atención de desastres.
- Garantizar el manejo oportuno y eficiente de todos los recursos humanos, técnicos, administrativos y económicos, que sean indispensables para la prevención de situaciones de desastre o calamidad.
- Coordinar con entidades públicas y privadas, las actividades tendientes a la elaboración, ejecución, seguimiento, evaluación y actualización del Plan Municipal de gestión del riesgo de desastres y estrategias de respuesta a emergencias, en concertación con el consejo municipal de gestión del riesgo, y en armonía con el Plan de gestión del riesgo de desastres y estrategias de respuesta a emergencias Nacional.
- Garantizar el manejo oportuno y eficiente de todos los recursos humanos, técnicos, administrativos y económicos, que sean indispensables para la prevención de situaciones de desastre o calamidad.
- Velar porque se integre adecuadamente al Plan de Desarrollo el componente de gestión del riesgo y, especialmente disposiciones relacionadas con el ordenamiento urbano, zonas de riesgo y los asentamientos humanos.
- Elaborar con destino al Plan de Desarrollo, al plan de ordenamiento y demás instrumentos de planificación relacionados, propuestas de normas y medidas que conlleven al cumplimiento del objetivo de la Unidad de Gestión del Riesgo.
- Dirigir, coordinar y controlar todas las actividades administrativas y operativas que sean indispensables para atender la situación de desastres, de acuerdo con las orientaciones que señale el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo.
- Proponer a las secretarias correspondientes según el área, todas las obras civiles, sociales, técnicas y operativas que se requieran para atender, mitigar y superar las situaciones de desastres y rehabilitación de zonas afectadas.
- Coordinar la realización de estudios sobre amenazas, análisis de condiciones de vulnerabilidad y de evaluación de riesgos y creación de un sistema de información para la gestión del riesgo de desastres para el municipio, el cual deberá estar articulado con el sistema regional y nacional de gestión del riesgo, garantizando la interoperabilidad con los mismos.