Unidad de trasparencia y gobierno abierto

Unidad de trasparencia y gobierno abierto

UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y GOBIERNO ABIERTO

La Ley 2195 de 2022, en el Art. 31: Establece que las  entidades públicas deben adoptar Programas de Transparencia y Ética Pública, a fin de promover la Cultura de la Legalidad e identificar, medir, controlar y monitorear constantemente el Riesgo de Corrupción en el desarrollo de su misionalidad.

La Unidad de Transparencia y Gobierno Abierto de la Alcaldía de Manizales, fue creada por  el Acuerdo No. 1088 de 13 de julio de 2021 “ Por el cual  se modifica la estructura orgánica de la administración central municipal y se dictan otras disposiciones”

Busca prevenir acciones contrarias a las normas, como son nuestros Valores y Principios contenidos en el Código de Integridad, el cual orienta las actuaciones de los servidores y establece pautas concretas de cómo debe ser el comportamiento de los servidores públicos en su labor.

Descripción General

Presencial:

DIRECCIÓN
Centro Administrativo Municipal CAM – Calle 19 No. 21-44. Manizales, Caldas, Colombia

HORARIO DE ATENCIÓN
Lunes a Jueves: 7:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 1:30 p.m. a 4:30 p.m.
Viernes: 7:00 a.m. a 3:00 p.m. En jornada continua.

Telefónico:

Teléfono conmutador:+57(606) 892 80 00
Línea gratuita: +57 (018000) 968 9888
Línea anticorrupción: +57 (018000) 968 9888

HORARIO DE ATENCIÓN
Lunes a Jueves: 7:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 1:30 p.m. a 4:30 p.m.
Viernes: 7:00 a.m. a 3:00 p.m. En jornada continua.

Virtual:

Pagina web

Alcaldía de Manizales – Manizales

PQRSD – Alcaldía de Manizales

Correo Electrónico:

Correo institucional para enviar correspondencia a cualquier dependencia:

[email protected]
NOTIFICACIONES JUDICIALES
Correo de notificaciones judiciales:

[email protected]RECEPCIÓN DE FACTURA ELECTRÓNICA
Correo para la recepción de facturación electrónica:

[email protected]
(único correo autorizado para su recepción)

Redes Sociales:

     

  • Audiencias públicas: foros abiertos realizados de cara a la ciudadanía, en los que se informa y se responden preguntas sobre el funcionamiento de la entidad.
  • Audiencia pública de rendición de cuentas: espacios para la rendición de cuentas, de encuentro y reflexión final sobre los resultados de la gestión de un periodo.
  • Rendición de cuentas: deber que tienen las autoridades de la administración pública de responder públicamente, ante las exigencias que haga la ciudadanía, por el manejo de los recursos, las decisiones y la gestión realizada en el ejercicio del poder que les ha sido delegado.
  • Veeduría ciudadana: mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública.
  • Acción de cumplimiento: mecanismo de protección de derechos; esta acción protege el principio de legalidad y eficacia del ordenamiento jurídico.
  • Acción de tutela: mecanismo mediante el cual toda persona puede reclamar ante los jueces la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando estos resultan vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública o de los particulares en los casos establecidos en la ley.
  • Consultas: petición que se presenta a las autoridades para manifestar su parecer sobre materias relacionadas con sus atribuciones y competencias. El plazo máximo para responderlas es de 30 días.
  • Denuncia: documento en que se da noticia a la autoridad competente de la comisión de un delito o de una falta.
  • Petición o derechos de petición: derecho que tiene toda persona para solicitar o reclamar ante las autoridades competentes por razones de interés general o interés particular para elevar solicitudes respetuosas de información y/o consulta y para obtener pronta resolución de las mismas.
  • Queja: cualquier expresión verbal, escrita o en medio digital de insatisfacción con la conducta o la acción de los servidores públicos o de los particulares que llevan a cabo una función estatal y que requiere una respuesta. (Las quejas deben ser resueltas, atendidas o contestadas dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de su presentación).
  • Reclamo: cualquier expresión verbal, escrita o en medio digital, de insatisfacción referida a la prestación de un servicio o la deficiente atención de una autoridad pública, es decir, es una declaración formal por el incumplimiento de un derecho que ha sido perjudicado o amenazado, ocasionado por la deficiente prestación o suspensión injustificada del servicio. (Los reclamos deben ser resueltos, atendidos o contestados dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de su presentación).
  • Sugerencia: cualquier expresión verbal, escrita o en medio digital de recomendación entregada por el ciudadano, que tiene por objeto mejorar los servicios que presta el Ministerio para racionalizar el empleo de los recursos o hacer más participativa la gestión pública. (En un término de diez (10) días se informará sobre la viabilidad de su aplicación).
  • Trámite: conjunto o serie de pasos o acciones reguladas por el Estado, que deben efectuar los usuarios para adquirir un derecho o cumplir con una obligación prevista o autorizada por la ley.
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