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Secretaría del Interior

Secretaría del Interior

Objetivos y Funciones Generales

La Secretaría del Interior tiene como objetivo principal la formulación, ejecución y coordinación de políticas y programas relacionados con los derechos humanos, la seguridad y la convivencia ciudadana mediante la conservación del orden público, misión altamente preventiva y resguardadora de la seguridad y la tranquilidad, la moralidad, la economía y el sosiego público, el desarrollo y participación de la comunidad y ejercer el control sobre los precios, pesas, medidas, rifas, juegos, espectáculos, ventas informales y establecimientos abiertos al público.


Para el cumplimiento de su objetivo la Secretaría del Interior realiza las siguientes funciones generales:


1. Coordinar, desarrollar y evaluar los programas y campañas de la Administración Central, tendientes a garantizar el orden público, la seguridad y la convivencia pacífica de los habitantes del Municipio.
2. Velar por el respeto de los derechos civiles, garantías sociales y salvaguarda de la vida, honra y bienes de los ciudadanos.
3. Colaborar, coordinar y planear con el Alcalde, las autoridades civiles, militares y de policía, lo relacionado con el mantenimiento del orden público, la seguridad y la convivencia ciudadana.
4. Coordinar la preparación y proyección de las disposiciones que sean necesarias para la mejor aplicación y cumplimiento de las normas de Policía.
5. Coordinar y programar las políticas y campañas de la Administración Municipal referentes al control de establecimientos públicos, espectáculos, velar por el cumplimiento de las normas sobre su funcionamiento y de las sanciones respectivas, cuando se violen las disposiciones vigentes en la materia.
6. Coordinar, programar y ejecutar las políticas del Municipio referentes al control de precios, pesas, medidas y calidad, velando por el cumplimiento de las normas correspondientes.

7. Coordinar, programar y ejecutar las políticas de la Administración Central referentes a la vigilancia y control de espacio público y velar por el cumplimiento de las disposiciones vigentes en la materia.

8. Colaborar dentro de las posibilidades a la rama Jurisdiccional, Electoral y al Ministerio Público.

9. Conocer la segunda instancia de los procesos cuya primera instancia conoce la Inspección de Vigilancia y Control del Espacio Público, y que por ley no sea atribución del alcalde.

10. Conocer y fallar a través de las inspecciones de policía, las contravenciones que por ley sean de su competencia.

11. Velar por el cumplimiento de las normas existentes sobre reglamentación de rifas, juegos y espectáculos en el municipio.

12. Coordinar con las autoridades policivas, visitas a los establecimientos y personas naturales o jurídicas que desarrollen actividades de juegos, rifas o espectáculos.

13. Controlar las actividades para la defensa del espacio público.

14. Dirigir el Fondo de Seguridad y Convivencia para Manizales.

15. Desarrollar las actividades necesarias para implementar las atribuciones conferidas en el Plan de Ordenamiento Territorial y que sean inherentes a la naturaleza de la Dependencia.

16. Diseñar, implementar y evaluar programas para la atención de la problemática de las personas desplazadas en virtud del conflicto armado. 

17. Dar aplicación a las disposiciones en materia del código menor. 

18. Adelantar las actividades, acciones y gestiones correspondientes a la preservación, conservación y restitución de los bienes inmuebles de naturaleza fiscal, bienes de uso público, bienes de utilidad pública o social, bienes destinados a prestación de servicios públicos indebidamente ocupados, bienes definidos como zonas de interés ambiental o dentro de la Estructura Ecológica Principal, en los términos y procedimientos contenidos en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana contenido en la Ley 1801 de 2016, y demás normas vigentes en la materia, en el área urbana del municipio de Manizales

19. Desarrollar labores de inspección, control y vigilancia en «áreas naturales protegidas» adelantando acciones de su competencia cuando detecte algún tipo de perturbación en ellas.

20. Verificar que en las obras civiles y en general las actividades que así lo requieran, posean la licencia, permisos o autorizaciones requeridas para el uso y aprovechamiento del medio ambiente y recursos renovables, y de igual manera tramitar quejas y denuncias en relación con el uso, aprovechamiento, o afectaciones al medio ambiente y recursos renovables.

21. Ser un medio para la conciliación de conflictos de orden ambiental entre particulares, siempre bajo la observancia del ordenamiento jurídico vigente y solicitar apoyo técnico a las demás secretarias cuando así lo requiera para el estudio e investigación que permita establecer de manera certera afectación causadas al medio ambiente.

22. Desarrollar labores de inspección, vigilancia y control, sobre actividades que generen contaminación auditiva, emisiones al aire de material particulado u olores ofensivos, tráfico y tenencia de fauna silvestre, aprovechamiento y tráfico

de recursos maderables y no maderables, poda o tala en lugares aislados en espacio público o privado, maltrato de mascotas y animales domésticos, vertimiento de aguas lluvias o residuales cargue descargue y disposición final de escombros, recolección manejo transporte y disposición final de residuos sólidos y peligrosos, instalación de vallas y avisos y demás elementos de publicidad exterior visual que generen alteraciones al paisaje y/o espacio público.

23. Dirigir la Inspección de Vigilancia y Control del Espacio Público en la formulación de las políticas, planes y programas relacionados con la defensa, inspección, vigilancia, regulación y control del espacio público del Municipio.

24. Coordinar con la Inspección de Vigilancia y Control del Espacio Público, el cumplimiento de las normas sobre espacio público del Municipio y la aplicación de las medidas correctivas correspondientes.

25. Diseñar mecanismos orientados a intervenir zonas potenciales de invasión. 

26. Aplicar y dar cumplimiento a la normativa de policía y demás normas legales vigentes acorde con su competencia de restitución y protección de bienes inmuebles de naturaleza fiscal, bienes de uso público, bienes de utilidad pública o social, bienes destinados a prestación de servicios públicos.

27. Coordinar con las demás dependencias de la administración municipal las acciones de restitución de los bienes inmuebles que hayan sido ordenada 

28. Coordinar con la policía metropolitana de Manizales la aplicación de la acción preventiva de perturbación a que se refiere el artículo 81 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.

29. Restituir los bienes inmuebles de propiedad de las empresas de servicios públicos, ocupados irregularmente por particulares, conforme a la normatividad vigente en la materia.

30. Diseñar, elaborar, ejecutar y controlar planes, programas y proyectos, tendientes a garantizar los derechos humanos de la comunidad en general 

31. Diseñar, elaborar, ejecutar y controlar planes, programas, proyectos y estrategias que permitan garantizar y promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de la población étnica del municipio, teniendo en cuenta las visiones de las minorías étnicas, tendientes a lograr una mejor calidad de vida de dicha población.

32. Ejercer la vigilancia y control durante la ejecución de las obras, con el fin de aplicar las medidas correctivas para asegurar el cumplimiento de las licencias urbanísticas y de las normas contenidas en el Plan de Ordenamiento Territorial e imponer las sanciones que sean del caso.

33. Iniciar, desarrollar y concluir los procesos verbales abreviados de la Ley 1801 de 2016 tendientes a verificar o descartar comportamientos contrarios a la integridad urbanística.

34. Instruir y sustanciar los procesos por amenaza de ruina, el cual comprende el decreto y práctica de pruebas, emitir el proyecto de declaratoria de ruina y la resolución de recursos conforme al decreto 1077 de 2015, articulo 2.2.6.1.1.8, y a la ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia y demás normas vigentes en la materia. (en cada evento la práctica de desalojo) 

35. Realizar acciones para garantizar el derecho fundamental a la libertad religiosa y de cultos, aplicando la política pública existente para tal fin, promoviendo espacios y herramientas que le permitan al sector interreligioso ser incluido en diferentes espacios de participación, articulando las distintas secretarías y organismos.

36. Realizar las demás funciones de acuerdo con la naturaleza. 

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