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Reconocimiento de personería jurídica de los organismos de acción comunal de primero y segundo grado.

Acreditar a las Juntas de Acción Comunal, Juntas de Vivienda Comunitaria y Asociaciones de Juntas de Acción Comunal como organizaciones sin ánimo de lucro, con capacidad suficiente para contraer obligaciones, ejercer derechos y realizar actividades en beneficio de la comunidad que representan.

Dirigido a

Organizaciones

Clasificación temática

Organizaciones comunales

Tipo de trámite

Presencial

Secretaría

Secretaría de Desarrollo Social

¿ Tiene costo ?

Trámite sin costo

Documentos requeridos

Solicitud escrita de reconocimiento de personería jurídica, Certificación de delimitación de territorio, Relación de los afiliados(as) al organismo comunal, Acta de constitución y de elección de las directivas

Tiempo de obtención

15 Dia(s) Hábil

Medio

En los puntos de atención de la Alcaldía de Manizales
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