alcaldia-escudo

Secretaría de Salud Pública

Secretaría de Salud Pública

Objetivos y Funciones Generales

OBJETIVO GENERAL:

Liderar y desarrollar las políticas para la planeación, organización, ejecución y control del sistema de salud para el Municipio de Manizales acorde con el Sistema General de Seguridad Social en salud, buscando mejorar la calidad de vida de sus habitantes en los próximos años, con acciones a nivel individual, familiar, ambiental, social e institucional y articulados con el Plan de Desarrollo.

 

OBJETIVOS ESPECIFICOS:

  • Garantizar en forma progresiva el acceso al Sistema de Seguridad Social en Salud a toda la población en especial a la población más pobre y vulnerable.
  • Fortalecer el desarrollo del sistema de información en salud a fin de identificar y priorizar los determinantes de salud, los recursos ofrecidos y fortalecer los procesos de planeación.
  • Asesorar, controlar y vigilar la calidad en la prestación de los servicios de salud en el Municipio de Manizales.
  • Proporcionar espacios de participación social, ciudadana y comunitaria en salud.
  • Facilitar la coordinación intersectorial e interinstitucional para el desarrollo del sistema de seguridad social en salud.
  • Realizar las acciones de saneamiento ambiental de acuerdo a las competencias legales y coordinar con las instituciones afines lo relacionado.
  • Desarrollar procesos que posibiliten a los diferentes grupos humanos vivenciar en forma gratificante y creativa su existencia con estilos de vida que favorezcan su salud.
  • Propender por el fortalecimiento de una adecuada red de oferentes de servicios que correspondan a las necesidades de la población, en especial con las Empresas Sociales del Estado de carácter municipal.
  • Elaborar y presentar los informes exigidos por ley y los de gestión y resultados de acuerdo a los parámetros solicitados por la Secretaría de Planeación.
  • Desarrollar acciones de salud pública de acuerdo al perfil epidemiológico de Manizales.
  • Garantizar la atención en salud de la población pobre no asegurada hasta que se dé la cobertura universal, a través de las E.S.E.
  • Garantizar el buen manejo de los recursos del sector Salud a través de Fondo Local de Salud y el flujo oportuno de estos.
  • Potenciar el desarrollo del talento humano de la secretaría garantizando eficiencia administrativa y en buen clima laboral.
PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBJETIVOS LA SECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA, ADEMÁS DE LAS QUE LE SEÑALE LA LEY, REALIZA LAS SIGUIENTES FUNCIONES:
  1. Dirigir el Sistema Local de Salud, acorde al sistema Nacional de Seguridad Social en Salud.

  2. Formular y adoptar planes y programas de salud en el ente territorial en armonía con las políticas y planes Nacionales, Departamentales y Municipales.

  3. Preparar los estudios y propuestas que requiere el Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud.

  4. Sugerir planes, programas y proyectos que deban incluirse en planes y programas Departamentales y Nacionales.

  5. Determinar los lineamientos de calidad, costos, eficiencia y eficacia de los servicios de salud en especial de las E.S.E.

  6. Ejercer las funciones que expresamente delegue el Ministerio de la Protección Social, la Superintendencia Nacional de Salud o la Dirección Territorial de Salud de Caldas.

  7. Participar en las Juntas Directivas de las Empresas Sociales del Estado de carácter Municipal y de las demás entidades adscritas a la Secretaría de Salud o pertenecientes al sector.

  8. Apoyar y controlar cada una de las etapas de la contratación pública (precontractual, contractual y pos contractual) atinentes a la dependencia, de conformidad con la ley y las demás normas vigentes en la materia.

  9. Representar a la Administración Municipal en los diferentes comités a que deba pertenecer o que se le deleguen.

  10. Apoyar y controlar cada una de las etapas de la contratación pública (precontractual, contractual y pos contractual) atinentes a la dependencia, de conformidad con la ley y demás normas vigentes en la materia.

  11. Planear y ejecutar programas de Saneamiento Ambiental. con el fin de coordinar y dar aplicación a las medidas de control y vigilancia de factores de riesgo de consumo, biológicos y ambientales notificados en el municipio.

  12. Cumplir y hacer cumplir las normas de orden sanitario previstos en la ley y en las normas que la complementen. modifiquen o sustituyan.

  13. Ejecutar acciones de beneficio colectivo para la promoción del saneamiento ambiental y prevención de riesgos, en coordinación con los actores del sector salud articulando las acciones de salud pública.

  14. Controlar, en coordinación con las entidades del sector salud o de otros sectores que incidan en el saneamiento ambiental, los factores de riesgo referentes al estado salud enfermedad de la población por factores de riesgo ambiental.

  15. Ejecutar campañas de saneamiento ambiental de orden nacional por delegación.

  16. Evaluar, controlar y hacer el seguimiento a las acciones de saneamiento ambiental en el ente territorial y promover investigaciones disciplinarias a que haya lugar ante autoridades competentes.

  17. Promover la participaci6n de entidades públicas, privadas y comunitarias en la planificación de la salud y prestación de servicios.

  18. Estructurar un proceso articulado de comunicaci6n ciudadana para el autocuidado, promoción de saneamiento ambiental y participación efectiva.

  19. Articular y desarrollar programas que tengan relación con la Secretaría de salud pública y demás entidades que tengan intervención en temas de saneamiento ambiental.

  1. Ejecutar las políticas en salud.
  2. Administrar los recursos asignados por el Municipio y los transferidos por la Nación y el Departamento.
  3. Administrar el fondo local de salud en coordinación con la Secretaría de Hacienda y la Tesorería Municipal y programar la distribución de los recursos recaudados para el sector salud en el municipio.
  4. Promover la participación de entidades públicas, privadas y comunitarias en la prestación de servicios de salud.
  5. Administrar recursos y otorgar subsidios a la demanda para la población más pobre y vulnerable.
  6. Ejecutar campañas nacionales por delegación.
  7. Diagnosticar el estado de salud enfermedad y establecer los factores determinantes.
  8. Controlar, en coordinación con las entidades del sector o de otros sectores que incidan en la salud, los factores de riesgo referentes al estado salud-enfermedad de la población.
  9. Cumplir las normas técnicas dictadas por el Ministerio de Protección Social y Superintendencia Nacional de Salud para la construcción de obras civiles, dotaciones básicas y mantenimiento integral de las instituciones del primer nivel de atención en salud.
  10. Suscribir los contratos para el aseguramiento en el régimen subsidiado de salud para la población pobre, realizando seguimiento y control a la contratación que para ello se efectúe, de manera directa o a través de interventores.
  1. Brindar asesoría técnica, administrativa y financiera a las, E.S.E, I.P.S que dependan el Municipio de Manizales.

  2. Coordinar y supervisar la prestación de los servicios de salud en el ente territorial.

  3. Garantizar la operación y articulación de la red de servicios y el sistema de referencia y contra referencia de pacientes entre los diferentes niveles de atención en el ente territorial y la red de urgencias en salud del Departamento.

  4. Velar por el cumplimiento del pasivo prestacional de los trabajadores de la salud en el ente territorial.

  5. Estimular la participación comunitaria en los términos señalados por la ley y en las disposiciones que se adopten.

  6. Desarrollar las actividades necesarias para implementar las atribuciones conferidas en el Plan de Ordenamiento Territorial y que sean inherentes a la naturaleza de la Dependencia.

  1. Evaluar, controlar y hacer el seguimiento a las acciones de salud en el ente territorial y promover investigaciones disciplinarias a que haya lugar, ante autoridades competentes.

  2. Cumplir y hacer cumplir en la jurisdicción local las políticas y normas trazadas por el Ministerio de Protección Social acordes con la delegación efectuada por la Dirección Territorial de Salud de Caldas.

  3. Elaborar conjuntamente con el Ministerio de Protección Social a nivel Regional, planes para promover y vigilar la afiliación de patronos y trabajadores a E.P.S., a A.R.P., Fondos de Pensiones y Cesantías, así como velar por el cumplimiento de las normas sobre Seguridad Industrial y Salud Ocupacional.

  4. Cumplir y hacer cumplir las normas de orden sanitario previstos en la ley y en las normas que la complementen, modifiquen o sustituyan.

  5. Otorgar licencias para el ejercicio de la Salud Ocupacional.

Ir al contenido