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Secretaría de Infraestructura

Secretaría de Infraestructura

Objetivos y Funciones Generales

La Secretaría de Infraestructura es la dependencia responsable del diseño, construcción, reconstrucción, remodelación, conservación, reparación, mantenimiento y control de toda la estructura vial, de parques, zonas verdes, saneamiento básico, bienes del Municipio y demás obras de infraestructura y atender oportunamente las obras de estabilidad necesarias para la prevención y atención de desastres en cumplimiento del Plan de Desarrollo y en coordinación con la Secretaría de Planeación Municipal, el Instituto de Valorización de Manizales, Aguas de Manizales, el Instituto Nacional de Vías, el Departamento de Caldas y las demás Instituciones que por las normas vigentes tuviesen la responsabilidad de concurrir directa o indirectamente al logro del mismo objetivo, velando porque las entidades mencionadas ejecuten las acciones que les correspondan para el cabal y la oportuna realización de dicho cometido.

 

Así mismo, tiene dentro de sus objetivos el diseño y formulación de políticas y programas de vivienda y hábitat, conduciendo a la solución de las necesidades habitaciones, especialmente de los asentamientos humanos y grupos familiares en situación de pobreza y vulnerabilidad, involucrando actores públicos, privados y comunitarios en la gestión y ejecución de proyectos de vivienda, titulación y legalización, mejoramiento de vivienda y hábitat, reasentamiento, acompañamiento social, gestión urbana y actividades de planificación territorial para la construcción de vivienda, infraestructura social y usos complementarios, en el contexto urbano y rural.

 

FUNCIONES

Para el cumplimiento de su objetivo la Secretaría de Infraestructura ejerce las siguientes funciones:

 

  • Participar en las políticas de desarrollo del Municipio, concertadas con la Secretaría de Planeación Municipal.
  • Ejecutar los programas, proyectos, diseños y construcción de las obras que hayan sido encomendadas a la Secretaría y que se ciñan al Plan de Desarrollo y a los programas de inversión del Municipio.
  • Elaborar en coordinación con la Secretaría de Hacienda, el proyecto de presupuesto de inversiones, en lo relativo a obras públicas.
  • Realizar estudios pre inversión y presupuesto para los planes encomendados por la Administración Municipal referentes a vías, parques, bienes del Municipio y demás obras de infraestructura.
  • Gestionar con las entidades Municipales, Departamentales y Nacionales competentes la adquisición, mantenimiento, desarrollo y mejoramiento de los bienes y estructura vial del Municipio.
  • Estimar las necesidades de recursos financieros para la ejecución de las adquisiciones y obras proyectadas.
  • Elaborar los pliegos de condiciones de las licitaciones y concursos públicos que pretenda adelantar el municipio en materia de obra pública.
  • Efectuar la interventoría, en forma directa o por contratación, de las obras ejecutadas referentes a los programas desarrollados por la Secretaría.
  • Desarrollar las actividades necesarias para implementar las atribuciones conferidas en el Plan de Ordenamiento Territorial y que sean inherentes a la naturaleza de la Dependencia.
  • Realizar y controlar cada una de las etapas de la contratación pública (precontractual, contractual y poscontractual) atinentes a la dependencia, de conformidad con la ley y demás normas vigentes en la materia.
  • Impulsar directa o indirectamente el desarrollo de políticas, planes y programas relacionados con su objeto.
  • Desarrollar todas las actividades relacionadas con la planeación estratégica e implementación, seguimiento y monitoreo del plan habitacional del Municipio de Manizales.
  • Adelantar todas las actividades relacionadas con la promoción y desarrollo de proyectos de vivienda y hábitat.
  • Promover y participar en actividades inmobiliarias para la promoción de los proyectos de vivienda de conformidad con su objeto.
  • Adelantar programas y proyectos de vivienda y hábitat en el marco de la renovación, desarrollo y expansión urbana, utilizando los instrumentos de planificación, gestión del suelo y financiamiento en concordancia con las políticas habitacionales y el Plan de Ordenamiento Territorial.
  • Prestar la asistencia técnica y la asesoría jurídica para adelantar los procesos de permanencia respecto de las viviendas calificadas como de interés social que cumplan los establecido en la ley 9 de 1989 o las normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan.
  • Construir y participar en diseño, implementación u operación de bancos inmobiliarios, asociados al cumplimiento de su objeto, en los términos establecidos por la ley 388 de 1997 y en aquellas que las adicionen, modifiquen o sustituyan.
  • Promover mecanismos de asequibilidad que faciliten el acceso a los programas de vivienda y hábitat.
  • Otorgar subsidios de vivienda en cualquier de las modalidades, en las condiciones y a la población definida en las normas sobre la materia.
  • Gerenciar proyectos de vivienda VIS y no VIS.
  • Brindar asesoría y asistencia técnica para la gestión social, encaminada al fortalecimiento de los tejidos sociales e institucionales para afianzar las relaciones entre los actores presentes en el territorio y aportar en la construcción de la paz.
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